Los rubros de una liquidación por despido
Cuando un empleador despide sin justa causa, la liquidación final suele incluir: la indemnización por antigüedad (art. 245 LCT), la indemnización sustitutiva del preaviso si no se avisó (arts. 231 y 232), la integración del mes de despido (art. 233), el SAC proporcional, las vacaciones no gozadas y los días trabajados del mes.
Paso 1: antigüedad
Contá los años trabajados. Si la fracción final supera los tres meses, suma un año más. Con 5 años y 4 meses, son 6 períodos; con 5 años y 2 meses, son 5.
Paso 2: base
Tomá la mejor remuneración mensual, normal y habitual del último año. Si supera tres veces el promedio del convenio colectivo, se aplica ese tope, pero según el fallo Vizzoti de la Corte Suprema la base no puede quedar por debajo del 67% del sueldo real.
Paso 3: multiplicar
Indemnización art. 245 = Base × períodos (mínimo, un sueldo)
Paso 4: preaviso e integración
Si no hubo preaviso, se paga 1 mes de sueldo con antigüedad menor de 5 años, 2 meses si es mayor, o 15 días durante el período de prueba. Si el despido no fue el último día del mes, se suman los días que faltaban para completarlo. Ambos rubros generan SAC.
Antes de firmar
La Ley 27.742 de 2024 modificó varios aspectos del régimen laboral. Revisá tu caso con un abogado laboralista o tu sindicato, y no firmes una conformidad si no estás de acuerdo con los montos.