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Calculadora de finiquito por renuncia: prima de antigüedad e ISR

Calcula el ISR de la prima de antigüedad y otros pagos por separación al renunciar.

Año fiscal: 2026 · Última actualización: 22/10/2026 · Fuente oficial: INEGI – UMA 2026 · SAT – Anexo 8 de la RMF 2026 (DOF 28/12/2025), tarifa mensual art. 96 · Ley del ISR, arts. 93 fr. XIII y 95 (Cámara de Diputados)
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Orientativo, no reemplaza a un contador. Cálculo simplificado con los parámetros oficiales indicados; tu caso puede tener deducciones, créditos o regímenes especiales no contemplados.

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Detalle del cálculo

¿Qué incluye el finiquito por renuncia?

Al renunciar voluntariamente no hay indemnización constitucional (los 3 meses de salario son por despido injustificado), pero sí te corresponde el finiquito: salario de los días trabajados no pagados, vacaciones pendientes con su prima vacacional y aguinaldo proporcional. Además, según el artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo, si tienes al menos 15 años de servicio tienes derecho a la prima de antigüedad: 12 días de salario por cada año trabajado, con un salario topado al doble del salario mínimo.

ISR de la prima de antigüedad

La prima de antigüedad es un pago por separación: está exenta hasta 90 UMA por año de servicio (art. 93, fracción XIII de la LISR; $10,557.90 por año con la UMA 2026). Introduce en la calculadora el monto de prima de antigüedad y tus años de servicio; en la mayoría de los casos de renuncia queda totalmente exenta.

Ejemplo: con 16 años de servicio, la exención es de $168,926.40, así que una prima de $20,000 no paga ISR.

Lo demás del finiquito

Las vacaciones y los días trabajados se gravan como sueldo ordinario; la prima vacacional está exenta hasta 15 UMA y el aguinaldo hasta 30 UMA (usa la calculadora de aguinaldo). Pide siempre el desglose por escrito antes de firmar.

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Preguntas frecuentes

¿Me toca prima de antigüedad si renuncio?

Sí, si tienes 15 años o más de servicio.

¿La prima de antigüedad paga ISR?

Está exenta hasta 90 UMA por año de servicio.

¿Me toca indemnización si renuncio?

No, la indemnización de 3 meses es por despido injustificado.